{"id":1610,"date":"2022-04-27T15:00:23","date_gmt":"2022-04-27T18:00:23","guid":{"rendered":"https:\/\/zpyme.com.ar\/lapampa\/?p=1610"},"modified":"2022-04-27T15:00:23","modified_gmt":"2022-04-27T18:00:23","slug":"el-gobierno-oficializo-el-bono-extraordinario-de-12-000-para-jubilados-y-pensionados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/zpyme.com.ar\/lapampa\/2022\/04\/27\/el-gobierno-oficializo-el-bono-extraordinario-de-12-000-para-jubilados-y-pensionados\/","title":{"rendered":"El Gobierno oficializ\u00f3 el bono extraordinario de $12.000 para jubilados y pensionados"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<h4><span style=\"color: #ff9900;\"><em><strong>A trav\u00e9s del decreto 215\/2022 se puso en vigencia la medida que llegar\u00e1 tambi\u00e9n a quienes perciban la Pensi\u00f3n Universal para el Adulto Mayor, pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o m\u00e1s y dem\u00e1s pensiones no contributivas y pensiones graciables a cargo de la Anses.<\/strong><\/em><\/span><\/h4>\n<\/blockquote>\n<p>El Gobierno formaliz\u00f3 el otorgamiento de un bono extraordinario de $ 12.000 a jubilados y pensionados que perciban hasta dos haberes m\u00ednimos a partir de mayo pr\u00f3ximo, a trav\u00e9s del decreto 215\/2022 publicado este mi\u00e9rcoles en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>Se trata de la medida anunciada el 18 de abril \u00faltimo, cuando tambi\u00e9n se anticip\u00f3 la entrega de bonos extraordinarios de $ 18.000 a trabajadores informales, monotributistas de categor\u00edas A y B y trabajadores de casas particulares de entre 18 y 65 a\u00f1os.<\/p>\n<p>El decreto determin\u00f3 que este subsidio ser\u00e1 para los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensi\u00f3n Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o m\u00e1s y dem\u00e1s pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administraci\u00f3n Nacional de la Seguridad Social (Anses).<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, dispuso que se otorgar\u00e1 s\u00f3lo a aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto equivalente de hasta $ 65.260,80.<\/p>\n<p>Asimismo, para aquellos y aquellas titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $ 65.260,80; el subsidio extraordinario ser\u00e1 igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar $ 77.260,80.<\/p>\n<p>Para percibirlo, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de beneficios de pensi\u00f3n, cualquiera sea la cantidad de copart\u00edcipes, estos o estas deber\u00e1n ser considerados o consideradas como un \u00fanico o una \u00fanica titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario que se otorga.<\/p>\n<p>El subsidio extraordinario no alcanza a los Reg\u00edmenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias cuyos sistemas de previsi\u00f3n fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su \u00fanico beneficio.<\/p>\n<p>Tampoco ser\u00e1 susceptible de descuento alguno ni computable para ning\u00fan otro concepto.<\/p>\n<p>Por su parte, el Gobierno destac\u00f3 que \u00aben el mundo se est\u00e1 viviendo un impacto sin precedentes, en donde se combinan los efectos de las restricciones sanitarias que se han tomado para enfrentar la pandemia de Covid-19, con la situaci\u00f3n de guerra en Ucrania\u00bb.<\/p>\n<p>As\u00ed subray\u00f3 que todo eso \u00abha generado una disrupci\u00f3n de las cadenas productivas y fuertes presiones sobre los precios internacionales de alimentos, energ\u00eda y minerales, ocasionando un salto inflacionario en todos los pa\u00edses del mundo, incluso en aquellos que ten\u00edan, hasta hace pocos meses, registros de un d\u00edgito en la variaci\u00f3n de precios interanual.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, indic\u00f3 que \u00abdichos factores internacionales se han unido a los de \u00edndole dom\u00e9stica, agregando significativas presiones sobre la inflaci\u00f3n local, lo que ha afectado el poder adquisitivo de los ingresos, generando dificultades en algunos sectores para acceder a la canasta b\u00e1sica e impidiendo que los frutos del crecimiento sean compartidos entre todos los trabajadores y todas las trabajadoras\u00bb.<\/p>\n<p>Por lo tanto subray\u00f3 que \u00aba nivel mundial, se vive una crisis de la distribuci\u00f3n de los ingresos que vuelve fundamental la intervenci\u00f3n de los Estados para evitar desigualdades\u00bb.<\/p>\n<p>En ese sentido, puntualiz\u00f3 que \u00abel Estado tiene como uno de sus objetivos principales la protecci\u00f3n de los ciudadanos y las ciudadanas y el aseguramiento y goce efectivo de sus derechos esenciales\u00bb, y afirm\u00f3 que \u00abes un inter\u00e9s prioritario garantizar las prestaciones de la seguridad social y la atenci\u00f3n de las familias con mayores necesidades\u00bb.<\/p>\n<p>En consecuencia, remarc\u00f3 que \u00abcon el fin de mitigar los efectos econ\u00f3micos mencionados, resulta imperativo continuar con la adopci\u00f3n de una serie de medidas urgentes y excepcionales con el objetivo de reforzar la protecci\u00f3n econ\u00f3mica y social de los sectores m\u00e1s indefensos\u00bb.<\/p>\n<p>Por su parte, la Anses record\u00f3 que contin\u00faa abierta la inscripci\u00f3n todos los d\u00edas durante las 24 horas para percibir el Refuerzo de Ingresos para trabajadoras y trabajadores informales, de casas particulares, monotributistas sociales y de las categor\u00edas A y B.<\/p>\n<p>Todas y todos los trabajadores sin ingresos formales que se encuentran en condiciones de solicitarlo deber\u00e1n inscribirse a trav\u00e9s del sitio web oficial de la Anses, www.anses.gob.ar con CUIL y Clave de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Con el objetivo de prevenir posibles estafas, el organismo record\u00f3 que la inscripci\u00f3n es individual y no requiere de ning\u00fan tipo de intermediario.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n aclar\u00f3 que el cobro del refuerzo de ingresos es compatible con las asignaciones Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), con Potenciar Trabajo, con la Prestaci\u00f3n por Desempleo, becas Progresar, programa Acompa\u00f1ar, con estar inscripto en el Registro Nacional de trabajadores de la Econom\u00eda Popular y con los planes alimentarios provinciales y municipales.<\/p>\n<p>A partir de este jueves se completar\u00e1 la inscripci\u00f3n con la solicitud del Refuerzo, la aceptaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada y la carga del CBU.<\/p>\n<p>Desde el 5 de mayo, cada persona se enterar\u00e1 si tiene derecho al cobro, y a partir del 19 se comenzar\u00e1 a pagar el Refuerzo de Ingresos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Telam<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A trav\u00e9s 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