Reintegro del 35% por la compra de dólares y gastos con tarjeta hechos en 2022

Reintegro del 35% por la compra de dólares y gastos con tarjeta hechos en 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en el inicio de 2023 el trámite online para reclamar la devolución de la percepción del 35% o 45% que se aplica sobre la compra de moneda extranjera y los gastos con tarjeta en el exterior, en concepto de adelanto de Ganancias y Bienes Personales.

 

Los contribuyentes que no paguen estos impuestos, o solo paguen uno de ellos, podrán solicitar el reintegro de lo que AFIP cobró “de más”. Hay 5 años de plazo para hacer el trámite, pero por supuesto es conveniente hacerlo cuanto antes por el efecto de la inflación. Para hacerlo, deberán ingresar a la página web del organismo e iniciar sesión con clave fiscal, colocando el CUIT y la correspondiente contraseña.

Una vez dentro del sistema, se debe buscar el servicio “Mis Aplicaciones Web”. Se puede hacer de dos formas: leyendo la lista de opciones que muestra el organismo por defecto o escribiendo “Mis aplicaciones web” en la barra de buscador de la parte superior.

Apenas se empieza a escribir la frase, el sistema despliega una pestaña en la que se puede seleccionar la opción correcta.

En el paso siguiente se visualiza la pantalla de ingreso al servicio. En primera instancia puede parecer algo confusa, pero el usuario no necesita llenar ningún dato por el momento en el formulario que se encuentra en el centro de la pantalla. En ese punto, lo único que se debe hacer es ir a la opción de “Nuevo”.

Luego de hacer click, se abre una nueva pantalla donde se debe seleccionar el nombre del contribuyente y posteriormente llenar los campos solicitados.

Donde dice “Organismo” se debe seleccionar “AFIP” y en “Formulario” se debe colocar “Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias”. Finalmente en “Período Fiscal” hay que indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM, por ejemplo 202203 (marzo de 2022).

Finalmente, hay que seleccionar “Aceptar”.

Posteriormente el sistema muestra el detalle de percepciones registradas en la fecha seleccionada, dentro de “Mis Retenciones”. Allí el contribuyente deberá tildar las operaciones sobre las cuales quiera tramitar la devolución. Además, presionando el botón “Ver”, se puede conocer el detalle de cada operación.

Una vez completados todos los datos, es importante recordar hacer click en “Guardar”. En caso contrario la operación informada no aparecerá y se deberá volver a completar el formulario.

Al terminar la carga de las retenciones y luego de haber seleccionado todas las operaciones sobre las cuales se reclama el reintegro, se debe clickear en “Presentar”. El sistema pregunta si se desea confirmar la presentación, y luego informa que la presentación ya fue realizada. Aceptando este mensaje se puede visualizar descargar el recibo de la presentación.

Cómo hacer el seguimiento del reintegro

Una vez realizado el trámite, se puede hacer un seguimiento de la solicitud. Para ello, se debe volver a ingresar con clave fiscal al servicio “Mis Aplicaciones Web”.

En ese caso no se debe clickear “Nuevo”, como se hizo al momento de iniciar el trámite, sino que se debe ir al formulario de búsqueda.

Como lo indican los casilleros, se debe informar el formulario sobre el cual se quiere conocer el avance (F746/A – Devoluciones y transferencias) y si el usuario así lo prefiere, puede seleccionar un período fiscal específico o un estado en particular. En caso contrario, el sistema mostrará todos los trámites en proceso.

 

Fuente: Infobae