Devolución del IVA

Devolución del IVA

Se reintegrarán hasta $18.000 por mes y sólo se computarán los productos de la canasta básica; luego, por ley, se buscará llevar el tope a 23.000 pesos.

 

El Ministerio de Economía anunció ayer que ampliará el programa de reintegro del IVA (”Compre sin IVA”) por las compras de productos de la canasta básica a trabajadores y monotributistas. Hasta ahora, sólo formaban parte del beneficio los jubilados y pensionados que cobran hasta tres haberes mínimos y quienes perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH).

¿Quiénes serán los beneficiarios de “Compre sin IVA”?

  • -Unos 7 millones de jubilados y pensionados
  • Los 2,5 millones de beneficiarios de la AUH
  • Unos 2,7 millones de monotributistas
  • Un total de 9 millones de empleados en relación de dependencia
  • Los 440 mil trabajadores del Régimen del Personal de Casa Particulares

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la devolución del IVA?

En el caso de los jubilados, no podrán cobrar más de tres haberes mínimos.

Los trabajadores formales deberán tener ingresos de hasta seis salarios mínimos, vitales y móviles ($708.000 brutos en total).

Los monotributistas deberán ser “puros”, es decir que no deberán tener otra fuente de ingresos.

¿Cuánto dinero se devolverá?

Se reintegrará la totalidad del IVA de los productos de primera necesidad (21% del valor de los productos), con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario.

¿Cuándo se hará el reintegro?

El dinero será acreditado en la cuenta del beneficiario en un plazo de 48 horas.

¿Qué productos serán alcanzados?

– Desde Nación precisaron que se harán devoluciones por frutas, verduras, carne, productos de higiene personal y de la canasta del hogar.

¿Cómo se debe pagar para acceder a la devolución del IVA?

Durante el anuncio, el ministro de Economía, Sergio Massa, explicó que serán alcanzadas por el beneficio las compras realizadas con tarjeta de débito. No se aclaró por el momento si estarán contempladas las operaciones realizadas por billeteras virtuales u otros medios de pago asociados a las cuentas bancarias.

¿Qué trámite se debe realizar?

Los reintegros serán automáticos en todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, que venden este tipo de productos y están debidamente registrados en la actividad formal.

¿Cuándo entra en vigencia la devolución del IVA?

La ampliación del programa comenzará a regir en la fecha que dicte el decreto, una vez que sea publicado en el Boletín Oficial.

Fuente Infobae